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Importación de armas blancas en Chile: Querella de Aduanas

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En un hecho que podría tener gravísimas implicaciones legales, la Aduana Regional de San Antonio anunció que ha presentado una querella que ha sido declarada admisible por el Juzgado de Garantía, en contra de una empresa que intentó ingresar al país un total de 189 katanas y 6 espadas. Esta importación, realizada a través de un embarque que llegó por vía marítima, ha llamado la atención no sólo por la cantidad de armas blancas involucradas, sino también por el método empleado para intentar evadir las regulaciones establecidas sobre la importación de implementos relacionados con artes marciales. Según las autoridades, la mercancía en cuestión no contaba con la autorización necesaria de la Dirección General de Movilización Nacional (DGMN), requisito fundamental para este tipo de producto en Chile.

El operativo de Aduana que llevó a este descubrimiento reveló que se habían declarado 165 de las katanas como simples partes de cosplay o disfraces, un intento evidente de disfrazar la verdadera naturaleza del producto. Las autoridades indicaron que las katanas estaban confeccionadas con una gruesa hoja metálica, lo que contradice la descripción presentada en la Declaración de Ingreso, donde se afirmaba que eran «parte de disfraz (cosplay), para uso en fiestas, de plástico, Partida 9505.9000». Este tipo de maniobra no solo es engañosa, sino que también contraviene claramente las normativas que rigen la importación de armas blancas en el país.

La situación se complicó aún más cuando, durante el aforo físico de la carga, los funcionarios de Aduanas encontraron otras 24 katanas y 6 espadas que no fueron declaradas por el importador. La querella presentada sostiene que este incumplimiento añade un agravante a la situación, y pone en riesgo la seguridad pública, dada la clasificación de las katanas como armas blancas con filo, corto punzante. Por lo tanto, es crucial que quienes deseen importar este tipo de mercancías cumplan con los requisitos de registro y autorización ante la DGMN para su internación y comercialización en el país.

La normativa chilena, bajo la Ley Nº 18.356 sobre control de las artes marciales, deja claro que todas las personas, tanto naturales como jurídicas, que desarrollen actividades relacionadas con las artes marciales deben adherirse a las regulaciones dispuestas. El artículo 1° de esta ley establece que tal regulación es obligatoria, lo que implica que el incumplimiento puede llevar a severas sanciones legales, incluyendo acusaciones de contrabando, como se establece en el presente caso. La falta de control en la importación de este tipo de armas podría acarrear consecuencias no solo para el importador, sino también para la seguridad pública en general.

La Aduana Regional de San Antonio ha enfatizado la importancia de la investigación en curso y el compromiso de garantizar que se cumplan las regulaciones de seguridad, enfatizando que el contrabando de armas blancas es un delito serio que no será tolerado. A medida que el caso avanza por los tribunales, se espera que sirva como un precedente importante para la regulación de la importación de implementos de artes marciales en Chile, al tiempo que destaca la necesidad de una mayor vigilancia para prevenir la entrada de artículos que puedan representar un peligro para la ciudadanía.

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